Nuestros servicios para compradores
ASESORAMIENTO
Nos aseguramos de conocer las preferencias y necesidades del cliente para encontrar una propiedad a su medida, que cumpla con sus exigencias y expectativas.
ESTUDIO DE VIABILIDAD
Porque conociendo el precio de mercado y su valor a futuro el cliente decide sin riesgos.
ACOMPAÑAMIENTO
Estamos juntos en cada paso del proceso de compra, le recomendamos profesionales que le ayuden en el terreno legal con la redacción del contrato y búsqueda de documentación y en el terreno impositivo.
DISCRECCIÓN Y TRANSPARENCIA
Información dirigida únicamente a las personas interesadas para salvaguardar su intimidad.
Comprar una propiedad
Le asesoramos en todo el proceso y aunque no trabajamos con ningún despacho de abogados en particular, estamos en disposición de recomendarle los servicios de acreditados profesionales de la abogacía para salvaguardar sus intereses en la compra, según el idioma de su preferencia.
A continuación le detallamos, con carácter general, los diferentes pasos del proceso de compra
RESERVA
Una vez decidido el inmueble a comprar, el procedimiento normal en España, es establecer un depósito de reserva cuya cuantía dependerá del precio final de la compra.El depósito va acompañado de un contrato de reserva donde se recogen los nombres y documentos acreditativos de comprador y vendedor, el precio de venta acordado y cualquier condición establecida en la compra.El importe de la reserva se entrega al agente inmobiliario o al abogado como muestra de buena fé. Se recomienda no pagar nunca un depósito de reserva directamente al propietario.
REVISIÓN DE LA PROPIEDAD
El abogado se encarga de asegurarse en el registro de la propiedad de que la documentación del inmueble está correcta, libre de embargos o deudas y de quien es el propietario de la misma.
CONTRATO PRIVADO
Una vez que el abogado está satisfecho y que todo lo encuentre en perfecto orden es cuando el comprador y el vendedor firmarán un contrato privado de compraventa. El comprador pagará un 10% de depósito (menos el depósito de la Reserva). En este contrato, las identidades y detalles del comprador y vendedor quedan establecidas, así como el precio de venta acordado y la fecha para la transferencia final de la titularidad de la propiedad. En este punto, si el comprador decide retirarse de la compra perderá su depósito y si es el vendedor el que retira su propiedad de la venta se verá obligado a pagarle al comprador el doble del depósito entregado por el mismo, al menos que se acuerde alguna otra cosa.
ESCRITURAS
En ésta fase final es cuando se paga el resto del importe y la Escritura se firma ante un Notario Público. Tras la firma de las escrituras, su abogado registrará la propiedad en nombre del comprador ante la oficina local del Registro de la Propiedad.
Las personas que va a aparecer en la escritura de compraventa deben estar identificadas, si son españolas mediante el DNI y si no son residentes en Españas, el Ministerio de Interior requiere que obtengan un Certificado de No Residencia, en que se determine un número fiscal, el cual será también requerido para pagar los impuestos correspondientes. Este documento se conoce con el nombre de número NIE y se debe solicitar directamente y en persona en comisarías de policía, consulados o embajadas españolas, ya que no se acepta el poder notarial .
GASTOS DE LA COMPRA
PURCHASE EXPENSES
Cuando la compra se realiza directamente al promotor inmobiliario: Viviendas Nuevas IVA se aplica una tasa del 10% sobre el precio de compra. Cuando la compra se realiza a otro propietario se abona el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) tal y como se especifica en la siguiente tabla:
- Precio de Compra 0-400.000 €: 8% Tipo de gravamen
- Precio de Compra 400.000 € – 700.000 €: 9% Tipo de gravamen
- Precio de Compra Desde 700.000€: 10% Tipo de gravamen
RECOMENDACIONES
Le aconsejamos abrir una cuenta bancaria en el momento que inicie los trámites de compra, tanto para el pago de las cantidades que se acuerden en el contrato como para el pago directo de suministros como la luz y el agua. También es conveniente hacer un testamento que afectará exclusivamente a sus activos en España y no concierne a los de su país de referencia. Facilita y acorta el proceso de sucesión en caso de que desafortunadamente se produzca un fallecimiento.
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